EL ANÁLISIS

Pun-Pan-fuego

 

El Universo
Guayaquil, 23 de julio de 2007


"Desde hace varias semanas en aguas y riberas del Guayas. Allí, con tono épico y glorioso, como corresponde a cualquier gesta que se emprende por la altivez y la soberanía de la patria, se está desarrollando un enfrentamiento que debe tomar mucho del valioso tiempo del Presidente y del Alcalde...". (El Universo. Ecuador)

"Parece que la estrategia de la madre de todas las batallas incluye toda una serie de escaramuzas y no se restringe a la Asamblea y su campaña. Por lo menos es lo que se puede deducir del enfrentamiento que se viene produciendo desde hace varias semanas en aguas y riberas del Guayas. Allí, con tono épico y glorioso, como corresponde a cualquier gesta que se emprende por la altivez y la soberanía de la patria, se está desarrollando un enfrentamiento que debe tomar mucho del valioso tiempo del Presidente y del Alcalde...

... Lo que verdaderamente se definirá con la guerra del puente es el concepto de facultades, atribuciones y limitación de poderes. Con mucho sentido común y seguramente con apoyo técnico, el Presidente sostiene que deben tener prioridad los vehículos de transporte colectivo. Pero el Alcalde y el Municipio habían decidido previamente que los buses no ingresarían por el PUN, sino que deberían hacerlo por el PAN. De acuerdo a la Constitución y a la Ley de Régimen Municipal -que se supone están vigentes-, esa decisión no puede ser desconocida, revocada o alterada por otra autoridad porque se enmarca en el régimen autonómico de los organismos locales y provinciales. Puede ser, como en efecto parece, una medida injusta con los usuarios y con los dueños de los buses e incluso puede contradecir principios básicos del urbanismo, pero ni el Presidente ni autoridad alguna tienen la facultad para derogarla y reemplazarla.

Claro que tratándose de guerras, esas disposiciones constitucionales y legales tienen poca o nula validez. Pero, ya que de enfrentamientos se trata, el Presidente podría acudir a dos mecanismos legales que están claramente establecidos en el actual orden constitucional. Uno es que sus partidarios propicien una consulta popular, cantonal o provincial, sobre el tema. Otro es que esos mismos partidarios impulsen el proceso de revocatoria del mandato del Alcalde. Ambos casos constituirían ejercicios de la anhelada democracia directa, pero obviamente serían más aburridos y menos heroicos que la batalla con su pun-pan-fuego.
Para qué tanto trámite si mayores réditos se obtienen con la pelea en los puentes o con sesiones y desfiles paralelos".

Extracto del artículo publicado por el diario El Universo

 
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