Colombia: autoridad electoral cree que no hay tiempo para el referendo de la reelección
Uribe fue elegido en 2002 para un periodo de cuatro años, pero ya en el poder impulsó una reforma constitucional que le permitió ser candidato de nuevo en 2006.
Infolatam
Bogotá, 19 de enero de 2010
La Registraduría de Colombia (autoridad electoral) señaló que no hay tiempo para que se cumplan todos los trámites que permitan celebrar un referendo que modifique la Constitución y posibilite al presidente Álvaro Uribe optar por un tercer mandato en los comicios de mayo de 2010.
Las claves
- Está previsto que los colombianos acudan a las urnas el próximo 30 de mayo para escoger presidente y vicepresidente.
- La autoridad electoral consideró que aunque la Corte Constitucional diera luz verde al referendo de manera acelerada, "no se dan los tiempos" para que se celebre el plebiscito.
Doble triunfo
La culminación del proceso de primarias arrojó dos espléndidos resultados, de un lado le dio al país el candidato, Henrique Capriles Radonski, que tendrá la enorme responsabilidad de conducir la campaña electoral contra Hugo Chávez y derrotarlo y, del otro lado, la descomunal participación popular en el proceso de primarias, que no tiene ningún precedente en Venezuela. (Tal Cual. Venezuela)
El registrador, Carlos Ariel Sánchez, consideró que aunque la Corte Constitucional diera luz verde al referendo de manera acelerada, "no se dan los tiempos" para que se celebre el plebiscito que sondeará a los colombianos si desean modificar la Carta Magna para que se permita la reelección consecutiva.
El alto tribunal recibió el pasado 12 de enero la solicitud de la Procuraduría para que la ley de referendo sea declarada como "exequible" (que se puede llevar a efecto) y deberá estudiar esta recomendación, aunque no es vinculante. La Corte Constitucional dispone desde entonces de 30 días hábiles para que el magistrado Humberto Sierra Porto presente su ponencia ante los miembros de la sala plena y con otros 60 para que éstos emitan el fallo definitivo, que determinará si la ley de referendo se ajusta o no a la Carta Magna colombiana.
En declaraciones a diferentes medios locales, Sánchez explicó que una vez conocido un eventual fallo positivo de la Corte, Uribe tendría que expedir el decreto para convocar el referendo antes del 20 de febrero, dentro de los 30 días hábiles después de esta firma.
Sánchez precisó que dichos 30 días hábiles serían en realidad 45 días corrientes, lo que implica que la Registraduría empezaría los trámites para la celebración de la consulta en el mes de abril, en los que se demoraría dos meses más. "Hay unos términos logísticos y legales que por lo menos significan dos meses, eso sin contar con la demora del proceso de contratación que puede ser un mes o dos meses de ejecución de los contratos", indicó el registrador.
Está previsto que los colombianos acudan a las urnas el próximo 30 de mayo para escoger al presidente y vicepresidente de la República, y regresarían a votar el 20 de junio si se llevara a cabo una segunda vuelta electoral. Estas fechas son inamovibles, según han reiterado varios constitucionalistas colombianos, y a pesar de la sugerencia de aplazamiento que hicieron firme seguidores de Uribe, el presidente ha manifestado que "no ha pasado" por su cabeza esta posibilidad.
Uribe fue elegido en 2002 para un periodo de cuatro años, pero ya en el poder impulsó una reforma constitucional que le permitió ser candidato de nuevo en 2006. Sus partidarios impulsaron después un referendo para que el actual mandatario pueda optar nuevamente como candidato en los comicios presidenciales de mayo de este año.

























