Nicaragua: el Congreso rechaza el fallo sobre la reelección y denuncia una intromisión judicial

Diputados opositores dijeron que aunque la resolución aprobada carece de fuerza vinculante, significa "una victoria política".

Infolatam
Managua, 3 de diciembre de 2009

La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó una resolución no vinculante de rechazo a un fallo que declara inaplicable un artículo de la Constitución que impedía la reelección presidencial de Daniel Ortega y denuncia la intromisión del Poder Judicial en sus facultades.

Las claves

  • El principal argumento esgrimido por legisladores opositores es que seis magistrados sandinistas emitieron el fallo judicial.
  • Fue aprobada por 47 votos a favor, 36 en contra y una abstención.
  • La escueta declaración señala que "sólo la Asamblea Nacional está facultada para reformar la Constitución Política de Nicaragua".

La escueta declaración del Parlamento, aprobada por 47 votos a favor, 36 en contra y una abstención, señala que "sólo la Asamblea Nacional está facultada para reformar la Constitución Política de Nicaragua". La resolución, presentada por diputados opositores ante el Parlamento el pasado 27 de noviembre, agrega que "lo esencial es rechazar cómo un poder del Estado quiere entrometerse en otro poder del Estado para arrogarse facultades que no le corresponden".

El principal argumento esgrimido por legisladores liberales opositores como Indalecio Alaniz es que seis magistrados sandinistas emitieron el fallo judicial el pasado 19 de octubre atribuyéndose facultades para reformar la Carta Magna, que sólo compete al Parlamento de este país. En su resolución, los seis jueces sandinistas de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), reunidos sin la presencia de los magistrados opositores, declararon inaplicable el artículo 147 de la Constitución, para hacer posible la segunda reelección del mandatario Daniel Ortega.

Ese artículo impide la reelección continua de un presidente y limita a dos el número máximo de mandatos de un jefe de Estado. Ese fallo, dictado el 19 de octubre pasado de manera expedita por los jueces sandinistas, tras sustituir a tres magistrados opositores con suplentes afines, no suprime el artículo de la Constitución, pero la oposición considera que se trata de una reforma encubierta.

Diputados opositores dijeron que aunque la resolución aprobada carece de fuerza vinculante, significa "una victoria política". En este sentido, Alaniz sostuvo que con la resolución aprobada los grupos parlamentarios opositores han logrado señalar que la Sala Constitucional de la CSJ no tiene facultad para hacer cambios a la Carta Magna, y que esta competencia sólo la tiene el Poder Legislativo.

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