Colombia: poder supremo considera “improcedente” la orden de arresto contra Uribe

Infolatam
Bogotá, 5 de septiembre de 2008

El Consejo Superior judicial dictaminó ”improcedente” la decisión de una sala del Tribunal Superior de Sincelejo, de arrestar al presidente colombiano, Álvaro Uribe y los ministros del Interior y de Justicia, Fabio Valencia, y de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga.

Las claves

  • Según los magistrados de la CSJ, hay una jurisprudencia que establece que los reclamos que fundamentaron el recurso no son amparables por vía de la tutela
  • Uribe se había declarado dispuesto a "someterse a todas las instancias judiciales".

La misma orden alcanzaba, igualmente, a la directora de Planeación Nacional, Carolina Rentería, y al presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Hernando Torres.

El fallo se derivó de la conducta de desacato en la incurrieron Uribe, y los otros cuatro demandados a una decisión previa que los obligaba a revisar el salario de 148 funcionarios judiciales de Sucre.

Estos funcionarios habían recurrido para ello al recurso de amparo (tutela), que presentaron el pasado febrero en Sincelejo, y que fue fallado en su favor mediante una sentencia que daba a los demandados tres meses de plazo para cumplir con las exigencias de los empleados.

La Corte Suprema consideró improcedente el fallo del recurso de amparo para la nivelación salarial de los 148 trabajadores de la Rama Judicial en Sucre, departamento del que Sincelejo es capital.

Según los magistrados de la CSJ, hay una jurisprudencia, reiterada y emitida por la misma Corte, que establece que los reclamos que fundamentaron el recursos no son amparables por vía de la tutela y porque existen otras normas vigentes que permiten amparar ese derecho.

Uribe se había declarado dispuesto, un poco antes de que la CSJ dejara sin piso la orden, para "someterse a todas las instancias judiciales".

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